A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Departamento De Cundinamarca·Respondent Malambo Prada Luz Marina Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa planteados de forma independiente y no como una ejecución subsiguiente
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y el Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera.
La causa que originó el conflicto radica en demanda ejecutiva iniciada por el departamento de Cundinamarca, en contra de unos ciudadanos, el fin de que se libre mandamiento de pago por las costas impuestas en sentencia proferida por un Juzgado Administrativo dentro de un proceso de reparación directa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 857 de 2021, según el cual corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda la ejecución de una condena dineraria impuesta a un particular en un proceso adelantado ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 422 del Código General del Proceso.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá y el Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el departamento de Cundinamarca contra Luz Marina Malambo Prada, Luisa Fernanda Loaiza Malambo, José del Carmen Guacaneme Poveda y Diego Felipe Loaiza Malambo.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4548 al Juzgado Cincuenta y Uno de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.